Las experiencias médicas
Las experiencias en medicina se rigen por códigos deontológicos. La mayor parte de ellos son de carácter mundial, y, en la medida en que respeten la dignidad del hombre, su normativa es ética. Los Códigos Deontológicos más recientes que contemplan las experiencias médicas, son los siguientes:
Código de Nuremberg, 1946.
- Declaración de Ginebra, 1948.
- Código de Londres, 1949.
- Código de Inglaterra, 1963.
- Declaración de Helsinki, 1964.
- Declaración de Sidney, 1968.
- Declaración Médica Mundial de Tokio, 1975.
- Declaración Médica Mundial de Venecia, 1983.
La eticidad de la experiencias biológicas y médicas se adaptan a estos tres principios:
- La finalidad de la medicina es obtener la salud del enfermo.
- Nunca es lícito usar al hombre como «medio». El hombre es el fin de toda experimentación médica.
- El uso de una nueva experiencia debe estar siempre garantizado por una esperanza fundada de éxito.
Pío XII fijó algunos criterios que deben regular las experiencias médicas. Éstas pueden justificarse por un triple motivo: por interés de la ciencia, por el bien del paciente y por interés de la sociedad.
De estas experiencias se han seguido no pocos avances para la medicina, lo que revierte en beneficio del enfermo. La ética cristiana es un estímulo más, pues insta de continuo a que no se pierda de vista la gran dignidad del hombre, tal como recuerda Juan Pablo II:
«Las expectativas, muy vivas hoy, de una humanización de la medicina requieren una respuesta decidida. Sin embargo... es fundamental poderse referir a una visión trascendental del hombre que ilumine en el enfermo -imagen e hijo de Dios- el valor y el carácter sagrado de la vida. La enfermedad y el dolor afectan a todos los seres humanos; el amor hacia los que sufren es signo y medida del grado de civilización y de progreso de un pueblo» (Mensaje, 1 l-1I-l993).
(extracto texto del Pbro. Luis Rifo F.)
lunes, 13 de abril de 2009
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