El homicidio voluntario
2268 El quinto mandamiento condena como gravemente pecaminoso el homicidio
directo y voluntario. El que mata y los que cooperan voluntariamente con él
cometen un pecado que clama venganza al cielo (cf Gn 4,10).
El infanticidio (cf GS 51,3), el fratricidio, el parricidio, el homicidio del cónyuge
son crímenes especialmente graves a causa de los vínculos naturales que rompen.
Preocupaciones de eugenismo o de salud pública no pueden justificar ningún
homicidio, aunque fuera ordenado por las propias autoridades.
2269 El quinto mandamiento prohíbe hacer algo con intención de provocar
indirectamente la muerte de una persona. La ley moral prohíbe exponer a alguien
sin razón grave a un riesgo mortal así como negar la asistencia a una persona en
peligro.
La aceptación por parte de la sociedad de hambres que provocan la muerte sin
esforzarse por remediarlas es una escandalosa injusticia y una falta grave. Los
traficantes cuyas prácticas usureras y mercantiles provocan el hambre y la muerte
de sus hermanos los hombres, cometen indirectamente un homicidio. Este les es
imputable (cf. Am 8,4-10).
El homicidio involuntario no es imputable moralmente. Pero no se está libre de
falta grave cuando, sin razones proporcionadas, se ha obrado de manera que se ha
seguido la muerte, incluso sin intención de darla.
domingo, 26 de abril de 2009
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