«Bio-ética» = «ética de la vida»

La confirmación precisa y firme del valor de la vida humana y de su carácter inviolable, irreductible, que por su valor intrínseco, reclama ser tratada con amor de benevolencia.
La responsabilidad de la promoción y defensa del derecho a la vida, un compromiso existencial y práctico a favor de todas las personas, en especial, de los más débiles
Argumentar auténticamente la existencia y la condición espiritual del alma humana en diálogo real con las ciencias biomédicas contemporáneas.
Es una ciencia moral, no técnica, que ofrece criterios éticos a las ciencias experimentales sobre la vida.

viernes, 20 de noviembre de 2009

Tony Melendez, ejemplo de vida

UN VIDEO SOBRE COMO SOBRELLEVAR UNA DISCAPACIDAD CON MUCHA ESPERANZA Y EMPEÑO. CONFIANDO MUCHO EN DIOS

Declaraciones de Ana Díaz Puig

domingo, 15 de noviembre de 2009

Libro, La píldora del día siguiente

A partir de la comercialización en España de la
píldora del día siguiente se ha suscitado un amplio
debate sobre sus posibles efectos en la salud
de las usuarias y su carácter abortivo.
El objetivo de este libro es realizar una aproximación
de carácter interdisciplinar sobre las implicaciones
científicas, éticas y jurídicas de estos preparados.
Para ello se efectúa, en primer lugar, un
breve estudio farmacológico, que pretende ayudar
a comprender qué son estos productos y cuál es
su mecanismo de actuación. También se aborda el
problema del estatuto biológico y jurídico del embrión
humano.
Seguidamente se afrontan las implicaciones éticas
y legales de la intercepción postcoital, tratando la
cuestión relativa a la comercialización, y financiación
pública, de estos productos.
Por último, el libro presta especial atención a la
problemática que genera la investigación, prescripción
y dispensación de estos productos en los
profesionales sanitarios, afrontando el tema del
posible reconocimiento jurídico de la objeción de
conciencia.

Juramento Hipocratico

JURO POR APOLO, MÉDICO, POR ESCULAPIO, POR HYGEIA Y PANACEA Y POR
TODOS LOS DIOSES Y DIOSAS, PONIÉNDOLOS POR JUECES, QUE ÉSTE MI
JURAMENTO SERÁ CUMPLIDO HASTA DONDE TENGO PODER Y
DISCERNIMIENTO

A AQUEL QUIEN ME ENSEÑÓ ESTE ARTE, LE ESTIMARÉ LO MISMO QUE A MIS
PADRES; ÉL PARTICIPARÁ DE MI MANTENIMIENTO Y SI LO DESEA
PARTICIPARÁ DE MIS BIENES. CONSIDERARÉ A SU DESCENDENCIA COMO A
MIS HERMANOS, ENSEÑÁNDOLES ESTE ARTE SIN COBRARLES NADA, SI
ELLOS DESEAN APRENDERLO

INSTRUIRÉ POR CONCEPTO, POR DISCURSO Y EN TODAS LAS OTRAS FORMAS
A MIS HIJOS, A LOS HIJOS DEL QUE ME ENSEÑÓ A MÍ Y A LOS DISCÍPULOS
UNIDOS POR JURAMENTO Y ESTIPULACIÓN, DE ACUERDO CON LA LEY
MÉDICA, Y NO A OTRAS PERSONAS
LLEVARÉ ADELANTE ESE RÉGIMEN, EL CUAL DE ACUERDO CON MI PODER Y
DISCERNIMIENTO SERÁ EN BENEFICIO DE LOS ENFERMOS Y LES APARTARÁ
DEL PERJUICIO Y EL ERROR.

A NADIE DARÉ UNA DROGA MORTAL AÚN CUANDO ME SEA SOLICITADA, NI
DARÉ CONSEJO CON ESTE FIN. DE LA MISMA MANERA, NO DARÉ A NINGUNA
MUJER PESARIO ABORTIVO ALGUNO. MANTENDRÉ MI VIDA Y MI ARTE
ALEJADO DE LA CULPA.

NO OPERARÉ A NADIE POR CÁLCULOS, DEJANDO EL CAMINO A LOS QUE
TRABAJAN EN ESA PRÁCTICA. A CUALQUIER CASA QUE ENTRE, IRÉ POR EL
BENEFICIO DE LOS ENFERMOS, ABSTENIÉNDOME DE TODO ERROR
VOLUNTARIO Y CORRUPCIÓN, Y DE LA LASCIVIA CON LAS MUJERES U
HOMBRES LIBRES O ESCLAVOS.

GUARDARÉ SILENCIO SOBRE AQUELLO QUE EN MI PROFESIÓN, O FUERA DE
ELLA, OIGA O VEA EN LA VIDA DE LOS HOMBRES QUE NO DEBA SER
PÚBLICO, MANTENIENDO ESTAS COSAS DE MANERA QUE NO SE PUEDA
HABLAR DE ELLAS.

AHORA, SI CUMPLO ESTE JURAMENTO Y NO LO QUEBRANTO, QUE LOS
FRUTOS DE LA VIDA Y EL ARTE SEAN MÍOS, QUE SEA SIEMPRE HONRADO
POR TODOS LOS HOMBRES Y QUE LO CONTRARIO ME OCURRA SI LO
QUEBRANTO Y SOY PERJURO.

DESTACADO. La píldora postcoital: un debate no resuelto

Luis Chiva de Agustín
Jefe del Departamento de Ginecología.Hospital M.D. Anderson International. Madrid

José Jara Rascón
Miembro del Global Ethics Observatory de la UNESCO


La introducción para su uso clínico de la denominada píldora postcoital (PPC), cuyo principio activo es levonorgestrel, ha abierto un nuevo frente de conflicto ético personal en no pocos médicos que se encuentran ante el dilema de satisfacer los deseos de las mujeres que acuden a ellos en los servicios de urgencias confrontando esta demanda de asistencia frente a los dictados de su propia conciencia.

Esta misma situación se plantea al profesional farmacéutico que debe dispensar este fármaco y, asumiendo este conflicto, el Tribunal Supremo de nuestro país ha dictado ya una sentencia el 23/04/2006 admitiendo la posibilidad de que los farmacéuticos puedan objetar en conciencia el dispensar cualquier fármaco que vaya contra sus principios, porque ello lesionaría los artículos 15 (derecho a la vida) y 16.1 (objeción de conciencia) defendidos en nuestra Constitución.

Evidentemente, este dilema, tanto en el ámbito farmacéutico como en el médico, surge del mecanismo de acción de este fármaco que, entre sus diversos efectos incluye, según los propios promotores de su difusión, la alteración del endometrio impidiendo que, en caso de que se hubiese producido una fecundación, el embrión producido pueda llegar a implantarse adecuadamente. Este efecto, considerado como abortivo al impedirse así el progreso de la gestación, es la causa del rechazo de un cierto número de profesionales a prescribirlo, ya que se considera, de modo comprensible, que el interrumpir activamente el desarrollo de una vida humana ya en curso no forma parte de los deberes asumidos como propios en el normal ejercicio de la medicina.

Para soslayar esta objeción, los partidarios de la anticoncepción de emergencia suelen negar el carácter abortivo de este fármaco aduciendo que la vida humana comienza precisamente con la anidación del embrión, por lo que en base al mencionado efecto podría ser considerado como un anticonceptivo más, no como un abortivo. Intentando refrendar este argumento se suele citar que la OMS apoya también esta idea, olvidando que la OMS no es una organización científica sino política. En cambio, los más diversos estudios de embriología, tanto clásicos como recientes, muestran que no existen mutaciones conformantes en ningún momento del desarrollo embrionario, que es un proceso continuo, destacándose recientemente en un trabajo referenciado en Nature que existe ya diferenciación celular (no sólo proliferación) desde la primera división del cigoto (1), el cual se comporta ya en esa fase preimplantatoria como un organismo vivo autorregulado e independiente. Por ello el término "preembrión", profusamente utilizado en diferentes textos jurídicos, se ve de nuevo redefinido en el actual Proyecto de Ley de Investigación Biomédica como un "embrión formado por el grupo de células resultante de la división progresiva del ovocito desde que es fecundado hasta 14 días más tarde" (2). Es decir, como un miembro más de la familia humana en sus primeras fases de desarrollo que, según sentencia 116/1999 de nuestro Tribunal Constitucional, ha de ser considerado como "un bien jurídico protegible" y no parece que la mejor protección sea precisamente favorecer su destrucción.

Respecto al teórico beneficio social que este fármaco es capaz de conseguir, es fácil comprobar que la esperada disminución de la tasa de abortos tras su introducción aún no se ha producido. Sin embargo, según fuentes del Ministerio de Sanidad su uso se ha extendido ampliamente ya que durante 2005 se expendieron al menos 500.000 unidades de la PPC y esta cifra no incluye las remesas compradas por las autonomías y ayuntamientos que lo dispensan gratuitamente, con lo que el consumo final se debe estimar como mayor. Asimismo, Esta cantidad supone el triple desde 2001, año en el que se dispensaron alrededor de 160.000 unidades. Sin embargo, la tasa de abortos en este periodo de tiempo ha pasado de estimarse en 69.857 casos /año en 2001 a 91.664 casos en el último informe emitido referente sólo al año 2005 lo que supone una escarpada línea de imparable ascenso progresivo en esos últimos 5 años notificados. La explicación no es difícil de encontrar ya que, en realidad la posibilidad de que se produzca un embarazo en una única relación no protegida es sólo del 8% por lo que se debe suponer que la mayor parte de las usuarias de la PPC no están embarazadas, ya que la deben ingerir en las primeras 72 horas después de esa relación para que farmacológicamente pueda ser efectiva, no pudiéndose hacer ningún test que identifique o descarte dicho inicio de gestación. En cambio, sí parece saberse que las políticas sanitarias de promoción de la PPC conllevan un aumento de prácticas sexuales de riesgo. De hecho, en el periodo de tiempo mencionado los casos de enfermedades de transmisión sexual, según datos del Sistema de Enfermedades de Declaración Obligatoria, se elevaron induciendo un incremento del 79% de las infecciones por sífilis y un 45,8% en las infecciones no gonocócicas, invirtiéndose la tendencia decreciente de años previos.

Este dato, que podría ser puesto en duda al poderse explicar de modo multifactorial, se ve confirmado en un amplio meta-análisis publicado en la revista Obstetrics & Gynecology en 2007 (3), en el que se revisan 717 artículos seleccionándose aquellos de mayor evidencia científica, concluyendo los autores que, en ningún estudio, el mayor acceso a la contracepción de emergencia logra una disminución de las tasas de abortos o embarazos no deseados. De acuerdo con estos resultados, en otro estudio también reciente (4), no se confirma que la distribución sin receta de la PPC disminuya el índice de embarazos entre adolescentes, las principales usuarias de este fármaco. De hecho, los datos de nuestro propio país, como ya se ha mencionado, corroboran esta afirmación.

A pesar de este cúmulo de datos, que deberían llevar a replantearse varios aspectos de política sanitaria en relación a las campañas de salud sexual, se suele advocar la Ley de Autonomía del Paciente 41/2002 para justificar la dispensación de este fármaco a menores de 16 años, sin poner el hecho en conocimiento de sus padres, olvidando que éstos son sus tutores legales. Sin embargo el término de "menor maduro", aducido como defensa legal para obrar de este modo, no parece tener aún un claro respaldo jurídico, existiendo ya una sentencia sobre el Código Deontológico de los médicos de Cataluña que reafirma el derecho de los padres a conocer aspectos sensibles de salud de los hijos a cargo como condición para poder ejercer sus correspondientes deberes legales "especialmente si se trata de situaciones que comprometen el estado de salud o el futuro de los mismos".

Por todo lo dicho, se debería considerar que la contraconcepción de emergencia sigue siendo un tema controvertido en el que las diversas actitudes de los profesionales deben ser respetadas, ya que existen fundamentos justificados para considerar que la dispensación de estos fármacos puede ser éticamente dudosa y, además, no tener el suficiente respaldo legal en el caso de los menores que lo soliciten.

http://www.abimad.org/articulo.asp?art=32

Pildora del Dia Siguiente, que es?

La píldora del día siguiente o Anticoncepción Oral de emergencia (AOE), como la conocen quienes la promueven, está constituida por una hormona artificial abortiva llamada levonorgestrel.

Pildora del Dia Siguiente, spot o comercial

La Pildora del Dia Siguiente "El comercial q me traumo", ese comercial es el peor golpe bajo q te pueden hacer y mas cuando andas pensando en ser un futuro padre.

tavoalex

En Chile, Eduardo Verástegui pide rechazar píldora del día después y el aborto

SANTIAGO, 11 Nov. 09 / 06:45 pm (ACI)

El conocido actor y productor mexicano, Eduardo Verástegui, exhortó en esta capital a la Presidente de Chile, Michele Bachelet, a no promover "la píldora del día después, ya que genera promiscuidad y aumenta los abortos. Donde se ha promovido, los abortos se han incrementado".

En entrevista concedida al diario La Segunda, Verástegui quien se encuentra en Chile para participar del 3° Congreso Iberoamericano Católicos y Vida Pública que organiza la Universidad Santo Tomás, recuerda además que "Chile es uno de los pocos países que tiene la bendición de no tener el aborto legalizado. Ojalá el mundo entero siga el ejemplo de esta gran nación, que celebra la vida y no la muerte".

El conocido productor de la película pro-vida Bella, de la cual va a hablar en el mencionado encuentro, expresó también su esperanza de que los candidatos para las elecciones presidenciales en Chile "respeten el derecho de los más pequeños de este país, los bebés en el vientre de las madres".

"Que los jóvenes tomen consciencia y no apoyen a ningún candidato, por más joven y carismático que sea, que esté a favor del crimen del aborto, que quiera destruir los valores de la familia y no respete el matrimonio tradicional, que es la unión sagrada entre el hombre y la mujer. Una sociedad que le permite a la madre matar a su propio hijo, está condenada a la destrucción. Que eso nunca le pase a Chile", exhortó.

Refiriéndose luego a la cinta Bella, que produjo y protagonizó, Verástegui comentó que esta película ganadora del Festival de Toronto "ha salvado más de 200 bebés. Ya perdimos la cuenta".

Cuando ya había decido emprender este proyecto, Verástegui visitó una clínica de abortos. "Llegué y se me olvidó todo. Entré en shock. Chicas de 13 y 14 años que abortaban en secreto, algo tan absurdo, irreal, fue una pesadilla. No tengo palabras para explicar lo que sentí. Decidí que todos los días de mi vida los tenía que dedicar a parar este crimen", comentó.

Estudio británico confirma que el matrimonio y los hijos aumentan la felicidad

DENVER, 14 Nov. 09 / 06:35 pm (ACI)

Un estudio realizado por expertos de la Universidad de Glasgow comprobó que contraer matrimonio y tener hijos aumenta la felicidad y la satisfacción de vivir.

Los hallazgos del Dr. Luis Ángeles fueron publicados en el Journal of Happiness Studies.

Según el experto, cuando los entrevistados fueron cuestionados sobre las cosas más importantes en sus vidas, la mayoría puso a sus hijos al inicio de la lista.

Para las personas casadas de todas las edades y las mujeres casadas en particular, los niños son su mayor satisfacción y esta sensación aumenta según el número de niños en el hogar.

En cambio, las personas solteras o separadas de sus parejas que deben criar solos a sus hijos reportan experiencias negativas. Los niños son vistos en estos casos como una limitación para la vida social, la cantidad y el uso del tiempo libre.

"Existe la tentación de creer que los niños pueden hacernos mejores personas solo en las ‘condiciones adecuadas’, un tiempo en la vida en que la gente sienta que está lista para la paternidad, o al menos desea estarlo. Este momento puede llegar en etapas muy distintas para las personas, pero una señal adecuada de este enfoque puede ser el acto del matrimonio".

jueves, 5 de noviembre de 2009

Libro Aborto Terapeutico en pdf

Consideraciones médicas, éticas, jurídicas y del Magisterio de la Iglesia Católica.

Dr. Mauricio Besio
Mons. Fernando Chomali
Dr. Jorge Neira
Prof. Ángela Vivanco


domingo, 1 de noviembre de 2009

Punto de Vista: La estrategia abortista en América Latina

Flores de Marcela

A bela história de Marcela de Jesus Ferreira e sua família. Marcela foi diagnosticada com anencefalia. Sobreviveu 1 ano e 8 meses. Sua vida foi motivo de riqueza para a sua família e para a sociedade, que aprende a ser mais humana ao acolher os mais frágeis. Produzido pela Estação Luz filmes.

Parte1


Parte2

La dignidad humana del bebé anencefálico

La dignidad humana del bebé anencefálico

Muchos abortistas plantean a la sociedad que se debe abortar a los bebes que nacen con algunas deformaciones físicas con la excusa que "no sufran" coartando así su vida y aplicandose de la misma forma como lo hicieron los nazis durante el regimen de hitler, en donde se asesinaba a los minusvalidos y niños con malformaciones, Alejandro Bermudez nos explica que todos tenemos el derecho a la vida y que no podemos seleccionar quien puede y no puede vivir.

Marcela de Jesus Ferreira, derriba nitos antivida sobre anencefalia

Autor: Aciprensa | Fuente: Aciprensa.com

La niña que derribó mitos anti-vida sobre anencefalia

La pequeña Marcela de Jesús Ferreira, a quien le diagnosticaron anencefalia, consiguió más amigos que ningún otro niño de su edad

RIO DE JANEIRO, 05 Ago. 08.-En un año, ocho meses y doce días de vida, la pequeña Marcela de Jesús Ferreira consiguió más amigos que ningún otro niño de su edad. Unas 1,500 personas acompañaron sus restos y llevaron su blanco ataúd hasta el cementerio de Patrocinio Paulista, su pueblo natal, donde quieren dedicar una calle a su memoria.

Marcela de Jesús Ferreira nació el 20 de noviembre de 2006. A los cuatro meses de gestación le diagnosticaron anencefalia, una malformación congénita que supone la pronta muerte del bebé debido a la carencia parcial o total de cerebro. Los bebés que nacen con esta malformación sobreviven sólo horas o escasos días fuera del vientre materno.

Su nacimiento y su lucha por la vida coincidieron con un intenso debate sobre la legalización del aborto en Brasil para casos de anencefalia. Los promotores del aborto que por meses habían insistido en proclamar que esta malformación solo causa dolor a la gestante, no pudieron silenciar el testimonio de Casilda Galante Ferreira, la humilde agricultora de 36 años, madre de Marcela.

"Sufrir, la gente sufre, pero ella no me pertenece, ella es de Dios y yo la cuido aquí", declaró Cacilda a los periodistas que la buscaron en el hospital cuando dio a luz.

Para la madre de Marcela, "cada segundo de su vida" fue precioso. "Considero su vida un milagro tan grande que voy a esperar hasta que Dios quiera su hora de partir", dijo entonces. Ese momento llegó el viernes 1 de agosto a las 22 horas.

Según informó el diario A Cidade, Marcela falleció de paro cardiorrespiratorio, debido a una fuerte neumonía por aspiración de leche. Sus funerales congregaron a muchas personas que quisieron elevar una plegaria por ella. Sus familiares y amigos decidieron llevar sus restos a pie hasta su sepultura. Durante todo el tiempo se escucharon alegres cantos y fervientes oraciones.

Numerosas personas se turnaron para cargar su ataúd en las calles de Patrocinio Paulista. Marcela murió pesando 15 kilogramos y medía 72 centímetros.

Sus padres aceptaron su tránsito con serenidad y esperanza. Sus hermanas Deborah y Dirlene no pudieron contener el llanto. Dirlene ayudó a cuidar de su hermana desde que nació.

Cacilda asegura que trató de cumplir su misión de madre la mejor manera posible. "Dios ha llegado a buscarla. Es su momento. Me siento feliz porque ella no ha sufrido mucho y vivió rodeada de amor", dijo antes de dar el último adiós a la pequeña Marcela de Jesús.

AUPA por la Vida

AUPA, Asociación de Universitarios Por Andalucía, colabora con la campaña de Derecho a Vivir.

Gobierno suizo modificaría ley de eutanasia para frenar “turismo de suicidas”

ROMA, 30 Oct. 09 / 03:14 am (ACI)

El Consejo de Ministros de Suiza presentó dos proyectos para modificar la ley de eutanasia y así frenar el turismo de la muerte, que atrae al país personas de otras nacionalidades con el único fin de suicidarse.

Según la prensa, en el año 2007, de 400 casos de muerte asistida, 132 procedían de Alemania o Reino Unido.

Las iniciativas exigen nuevos requisitos antes de aplicar la eutanasia, como que se presenten dos confirmaciones médicas independientes que afirmen que la persona puede decidir por sí misma y que padece de una enfermedad terminal de corta duración. Es decir que los enfermos crónicos y mentales quedarían descartados.

La ministra de justicia, Eveline Widmer-Schlumpf, también pidió que quienes asisten a una persona que quiere terminar con su vida, debatan y examinen alternativas al suicidio. Estas personas “no deben perseguir fines comerciales. No pueden aceptar ningún pago por sus servicios que exceda el coste del suicidio”, señaló.

Un comunicado del ministerio de justicia informó que “el Consejo Federal también ha presentado una prohibición total sobre el suicidio asistido organizado que se debatirá en el Parlamento”.

El texto explicó que “esta opción se apoya en la creencia de que las personas que trabajan en las organizaciones de suicidios asistidos nunca están motivadas por razones puramente altruistas”.

Principios de la Bioetica Personalista

Extraìdo de un artículo de Marila García Puelpan


La condición de persona es el fundamento ontológico-real que sustenta y da validez a los principios teóricos de la bioética personalista. Son 4 principios que operan como ayuda y guías de la acción y que deben ser tomados en consideración en cada decisión relativa a la relación con el paciente y en la investigación con seres humanos

1) Principio de respeto a la vida humana.

El valor fundamental de la vida ordena la indisponibilidad y la sacralidad de la vida. El derecho a la vida es el primero de los derechos y el más fundamental, porque sin él todos los demás –incluida la libertad- son inexistentes. El respeto a la vida, así como su defensa y promoción, tanto la ajena como la propia, representan el imperativo ético más importante del ser humano, es un valor absoluto que hay que respetar siempre, es lo más sagrado que tenemos, la vida de cada cual es única, irrepetible, insustituible, inviolable. Tal respeto a la vida humana se entiende en todas sus etapas de manifestación, desde el momento de la concepción (fecundación) hasta el último instante (muerte cerebral total).

La relación que el ser humano establece sobre el mundo material-visible no es de la misma naturaleza que puede ejercer sobre la vida humana. Sobre el mundo se llama dominio técnico y respecto del cuerpo humano y la vida humana la relación que se establece es de carácter ético, en tal caso la actitud ética correcta no es la del uso o la eficacia sino la del respeto. Por lo tanto, con la persona humana no es lícito establecer una relación de dominio o de producción. Respetar el cuerpo y la vida humana significa que nunca puede ser utilizada como medio para un fin distinto a ella misma, no puede ser cosificada, no puede ser objeto de experimentación si no es bajo ciertas condiciones y nunca de manera arbitraria. Para quien piensa que todo es negociable, lo es hasta el derecho más fundamental que es el derecho a la vida. Al respecto Kant habla de precio para las cosas y dignidad para las personas.

"En el lugar de lo que tiene un precio puede ponerse alguna otra cosa equivalente; lo que, por el contrario, se eleva sobre todo precio y, por lo tanto no permite ningún equivalente, tiene dignidad"Kant

2) Principio de libertad y responsabilidad

Este principio señala que el paciente ha de ser libre al decidir sobre la opción terapéutica que se le va a aplicar, decisión que debe tomar en base a un conocimiento racional de los hechos y desde su propia libertad. Esta libertad debe venir acompañada de responsabilidad, la cual le impide obrar contra sí mismo, mediante el suicidio o la eutanasia. Y respecto del médico el principio le alcanza en el sentido de que el límite de su libertad es el respeto a la dignidad de la persona. Es decir Libertad-Responsabilidad del médico frente al paciente en cuanto éste y su verdadero bien es el centro, medida y fin de la acción médica, pero también libertad-responsabilidad del paciente frente a sí mismo y frente al médico, en el sentido de que le corresponde colaborar con sus propios cuidados y salvaguardar su propia vida. Ni la conciencia del paciente debe violentarse por el médico ni la del médico por el paciente

3) Principio de totalidad o principio terapéutico

Prescribe la obligatoriedad de que el acto médico –o todo acto que intervenga sobre la vida humana- considere al paciente en su totalidad.
El principio se refiere a la justificación de la pérdida directamente querida de un miembro u órgano como medio para salvar el organismo. En virtud de este principio se concede al todo-persona disponibilidad sobre las partes para asegurar la existencia y para evitar un daño que no podría ser evitado de otro modo. La parte existe para el todo y por lo tanto puede ser sacrificada para beneficio del todo. Este principio avala la cirugía exigiendo: a). que la operación esté orientada al bien del organismo sobre el que se incide, b). es preciso que se intervenga sobre la parte enferma, c). que no exista otro modo razonable de curar la enfermedad y que se haga en el momento de la necesidad, d). que se de una alta probabilidad de mejoría, e). que haya consentimiento por parte del paciente. Se aplica no sólo a casos generales de intervención quirúrgica, sino también a casos específicos como terapia genética, experimentación sobre embriones humanos, esterilización, trasplantes de órganos, etc.


4) Principio de sociabilidad y subsidiaridad


Este principio implica la condición de la persona como ser social, como "ser con" otros. Esto quiere decir que como personas, todos estamos involucrados en la vida y en la salud de los demás, en la ayuda al otro. El principio obliga a la comunidad a promover la vida y salud de todos y cada uno, a ayudar donde la necesidad sea mayor y promover el bien común, respetando siempre los derechos de la persona. Surge así una obligación social de garantizar la salud de los ciudadanos y de ocuparse de la destinación y distribución de los recursos sanitarios

Subsidiaridad es atender las necesidades de los demás sin sustituirles en su capacidad de decidir y actuar, implica que las instancias superiores de la sociedad –gobiernos, instituciones- organizaciones internacionales- no deben suplantar, sino ayudar, a las instancias inferiores: individuos, familias, asociaciones, etc. A nivel de relación con el paciente la subsidiaridad comienza por el respeto a la autonomía del paciente, es decir, atender a sus necesidades sin sustituirle su capacidad de decidir y actuar.