«Bio-ética» = «ética de la vida»

La confirmación precisa y firme del valor de la vida humana y de su carácter inviolable, irreductible, que por su valor intrínseco, reclama ser tratada con amor de benevolencia.
La responsabilidad de la promoción y defensa del derecho a la vida, un compromiso existencial y práctico a favor de todas las personas, en especial, de los más débiles
Argumentar auténticamente la existencia y la condición espiritual del alma humana en diálogo real con las ciencias biomédicas contemporáneas.
Es una ciencia moral, no técnica, que ofrece criterios éticos a las ciencias experimentales sobre la vida.

jueves, 13 de agosto de 2009

Ministro de Justicia: "No cabe objeción de conciencia para los médicos"

MADRID, 12 Ago. 09 / 01:12 pm (ACI/Europa Press)

El Ministro de Justicia de España, Francisco Caamaño, rechaza la creación de un registro de médicos y sanitarios que quieran objetar a la futura ley del aborto por motivos éticos o morales, y asegura que "no cabe la objeción de conciencia" en relación con este asunto porque conllevaría un acto de "desobediencia civil".

"En nuestro país no hay más objeción de conciencia que aquélla que está expresamente establecida en la Constitución o por el legislador en las Cortes Generales. Todos estamos sometidos a la ley. Las ideas personales no pueden excusarnos del cumplimiento de la ley porque, si no, nos llevaría en muchísimos temas, en éste y en otros muchos, a la desobediencia civil", afirma Caamaño en una entrevista concedida a Europa Press.

Aunque admite que "hay supuestos en los que debe haber objeción de conciencia", el titular de Justicia señala que este derecho debe ser regulado por "el único órgano constitucional que puede regular los derechos fundamentales de los ciudadanos", en referencia a las Cortes Generales. "Allí donde no hay una ley que lo permita, estoy con el Tribunal Supremo y su sentencia sobre Educación para la Ciudadanía. No cabe la objeción de conciencia", zanja.

Menores de 16 años

En relación con la posibilidad de que las menores de 16 años puedan abortar sin el consentimiento paterno, recuerda que, "más allá" de la negociación que puedan llevar a cabo los grupos parlamentarios durante la tramitación del proyecto, ésta es la edad que marca la mayoría de edad sanitaria en España y "en casi todos los países de nuestro entorno".

"¿Por qué no puede serlo para este tipo de prácticas si lo es para otro?", se pregunta el ministro antes de recalcar que "la confianza no la sustituye el Derecho". "El Derecho regula el matrimonio, no regula el amor. El Derecho regula las relaciones de familia, no la confianza entre los miembros de la familia", sostiene.

A este respecto, considera "muy preocupante" que la obligación de autorización por parte de los padres pueda llevar a una menor de 16 años a "un circuito sanitario que no esté homologado y que no tenga la calidad de un sistema público". "Eso me preocupa como padre y como ciudadano de este país", afirma.

Negociación parlamentaria

Caamaño, además, defiende "plenamente" la "constitucionalidad" del anteproyecto de ley impulsado por la ministra de Igualdad, Bibiana Aído, al considerar que no introduce "ningún elemento excepcional o distinto" al recogido en la legislación de otros países occidentales.

No obstante, se muestra abierto a que la negociación en las Cortes pueda establecer "alguna modulación" al proyecto, entre las que cita una aplicación del "modelo francés", en el que la menor debe acudir a los servicios sanitarios "acompañada de un adulto". "No de sus padres, puede ser su novio", matiza antes de defender la posibilidad de que las menores de 18 años que quieran abortar tengan que recibir "refuerzos de información" en el sistema sanitario.

No hay comentarios:

Publicar un comentario